viernes, abril 26, 2024
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El PSOE retrasa la tramitación de la ley trans de Igualdad: amplía una semana más el plazo para presentar enmiendas

La última ampliación de plazos provocó que se diera de baja en el PSOE la activista trans Antonelli y abrió grietas en el partido y en el seno de la coalición de gobierno

El grupo socialista va a pedir que se amplíe una semana más el plazo para presentar enmiendas al proyecto de ley trans en el Congreso, que concluye este miércoles a las 18.00 horas, a pesar de las presiones del Ministerio de Igualdad y de Unidas Podemos para que no haya más prórrogas.

Fuentes socialistas han informado que esta será la última ampliación del plazo para que se presenten enmiendas, y que acabará el próximo lunes 31 de octubre.

La última ampliación de plazos provocó que la semana pasada se diera de baja en el PSOE la activista trans Carla Antonelli y abrió grietas en el partido y en el seno de la coalición de gobierno, pero desde el grupo socialista se insiste en la necesidad de que la ley cuente con seguridad jurídica.

La controvertida norma, cuestionada por una parte del PSOE y del movimiento feminista, recoge la autodeterminación de género, que los socialistas aseguran que no van a tocar, y abre la puerta al cambio de sexo en el Registro sin necesidad de contar con informes médicos o psicológicos o de haberse sometido a tratamientos.

A continuación, explicamos los puntos más polémicos del anteproyecto de ley:

Inversión de la carga de la prueba

Aunque no sea el que más titulares se lleve, probablemente el punto más relevante del texto impulsado por Irene Montero sea la inversión de la carga de la prueba. Esto menoscaba uno de los principios más fundamentales del derecho occidental, el affirmanti incumbit probatio (‘a quien afirma, incumbe la prueba’), así como el in dubio, pro reo (‘ante la duda, a favor del reo’).

Dicho sencillamente, estos principios señalan que quien debe aportar pruebas de la comisión de un delito es la parte que acusa y que, en caso de falta de pruebas, se fallará siempre a favor del acusado. En cambio, el anteproyecto de Igualdad señala que, ante las denuncias de discriminación a las personas LGTBI, será el demandado quien deberá demostrar que no ha incurrido en ese delito.

En concreto, el anteproyecto dice que «corresponderá a la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad».

La edad legal para cambiar de sexo

Uno de los puntos que más polémica ha levantado ha sido la edad que establece el anteproyecto de ley a partir de la cual una persona puede someterse a un tratamiento hormonal y/o a una cirugía con el objetivo de cambiar de sexo.

En concreto, los menores de 12 años no podrán solicitar el cambio de sexo, pero sí de nombre (se entiende que por otro del sexo contrario). Entre los 12 y los 14 años, sí podrán transitar de un género a otro acudiendo a un juzgado para oficializarlo. Por otra parte, a los menores de 14 a 16 años les bastará con el consentimiento de los padres, mientras que a partir de los 16 este no será necesario.

Por tanto, un menor podrá escoger cambiarse de sexo antes de poder, por ejemplo, votar, conducir o beber alcohol.

Actividad deportiva

En el ámbito del deporte, los vestuarios de estas instalaciones se usarían en función del género percibido por una persona y no del sexo biológico. Lo mismo ocurriría en lo referente a la competición federada, aunque en ciertos deportes la normativa internacional establece un nivel de testosterona máximo en los atletas trans.

Desaparición de los «padres»

Otro rasgo del anteproyecto presentado por el Ministerio de Igualdad es el de la fulminación de los términos «padres», «padre» y «madre» no solo de ese texto, sino de numerosas leyes ya vigentes, entre ellas el Código Civil.

De esta forma, esos términos pasarían, en caso de que las Cortes aprueben la Ley Trans, a ser sustituidos por fórmulas como «los progenitores», la «madre o progenitor gestante» o el «padre o progenitor no gestante».

Fuente: EFE

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