viernes, abril 26, 2024
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El Tribunal Constitucional rechaza por unanimidad las recusaciones a Espejel y Arnaldo para los asuntos del procés

Las recusaciones planteadas por Junqueras, Puigdemont, Ponsatí, Puig y Comín no han sido admitidas a trámite al estar «huérfanas de todo sustento en hechos concretos»

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad las recusaciones de sus nuevos magistrados Concepción Espejel y Enrique Arnaldo para los asuntos relacionados con el procés.

El TC ha informado en un comunicado de que el pleno no ha admitido a trámite las 33 recusaciones planteadas, entre otros por el exvicepresidente de la Generalidad Oriol Junqueras, por una parte, y por el expresidente Carles Puigdemont y tres exconsejeros huidos de la Justicia, por otra, quienes alegaron falta de imparcialidad sustentada en supuestos vínculos con el PP, el partido que les propuso como magistrados para el TC.

El pleno las rechaza por apoyarse en meras afirmaciones «huérfanas de todo sustento en hechos concretos», pero aprovecha para defender «la legitimidad de origen» de los magistrados del Tribunal, al ser elegidos por los tres poderes del Estado.

Esto, añade, se proyecta en la pluralidad de perspectivas jurídicas que confluyen en las deliberaciones y decisiones del órgano colegiado, expresión de la idea de pluralismo político.

A falta de conocer el auto, el TC señala en su nota que no es posible excluir a los dos magistrados recusados, pues el tribunal quedaría sin el quorum de ocho magistrados exigido para resolver, ya que Cándido Conde Pumpido y Antonio Narváez decidieron apartarse de los asuntos del procés cuando los líderes independentistas formularon contra ellos incidentes de recusación. A ello se suma la baja temporal por enfermedad de Alfredo Montoya.

«La salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama, y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados presentes (…) pues a la defensa de la jurisdicción del tribunal todos sus magistrados están llamados, sin que quepa hacer distinciones entre los magistrados recusados y los abstenidos«, lo que indica que Conde Pumpido y Narváez han votado.

El Pleno cierra filas con Arnaldo y Espejel cuando descarta «que pueda fundarse una duda legítima de imparcialidad sea por la exteriorización jurisdiccional de un criterio jurídico al resolver un proceso o al discrepar de lo resuelto a través de la formulación de un voto particular, sea por las manifestaciones vertidas en publicaciones académicas o en artículos de opinión antes de haber adquirido la condición de magistrado».

Porque, continúa, «no sólo el Tribunal Constitucional sino también el resto de tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por jueces que no tengan la mente vacía sobre los asuntos jurídicos sometidos a su consideración«.

En su escrito, Puigdemont y los exconsejeros Clara Ponsatí, Lluís Puig y Toni Comín plantearon la recusación de Espejel y Arnaldo por carecer de la «imprescindible imparcialidad» para resolver sus recursos, fundamentalmente sus vínculos con el PP, que fue el partido que propuso su nombramiento y cuyo Gobierno impulsó «la persecución política» de los recurrentes.

En el caso de Enrique Arnaldo, además de su proximidad al PP, denunciaron su presunta animadversión hacia los recusantes, su toma de posición previa sobre los asuntos que son objeto de recurso de amparo en libros y artículos periodísticos, y en su «pública» relación de amistad «íntima» con los magistrados del Supremo que juzgaron el procés Manuel Marchena y Antonio del Moral.

De Espejel señalaron que ya fue apartada de la Gürtel por supuesta afinidad con el PP y añadieron que presidió el juicio al mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero, quien resultó absuelto con el voto particular en contra de Espejel, que consideró que debía haber sido condenado por sedición.

Fuente: EFE

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