sábado, abril 20, 2024
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Se cumplen dos años del primer estado de alarma inconstitucional del Gobierno

El Ejecutivo vio tumbado el fundamento jurídico de su gestión de la pandemia hasta en dos ocasiones por el Tribunal Constitucional

El impacto de dos años de pandemia en juzgados y tribunales arrojó un sinfín de interpretaciones de las normas de salud, que desembocó en un Supremo omnipotente para fijar criterio en cuanto a la legalidad de las restricciones, pero sin una norma específica y con dos estados de alarma inconstitucionales.

Aquella lluvia de querellas contra miembros del Gobierno en las primeras semanas de marzo de 2020 junto al recurso contra el primer estado de alarma anticiparon el complejo escenario jurídico que estaba por venir y dejaron claro que la pandemia irrumpía con fuerza desde el primer minuto en juzgados y tribunales.

Fue entonces cuando la pandemia se judicializó. La posible responsabilidad penal del Gobierno en su gestión, la falta de material sanitario, las sanciones por saltarse el confinamiento, la polémica en las residencias de mayores, las manifestaciones espontáneas y la constitucionalidad del estado de alarma terminaron todas resueltas en un auto o en una sentencia.

Inconstitucionalidad de los estados de alarma

Muchos de estos procedimientos fueron interpretados como una fiscalización a la gestión del Gobierno, que sufrió un duro revés cuando el TC declaró la inconstitucionalidad de los dos estados de alarma. Del primero, vigente desde el 14 de marzo al 21 de junio de 2020, el tribunal cuestionó el instrumento del Gobierno para implantar las restricciones al entender que el estado de alarma no permite una suspensión generalizada de derechos fundamentales, como supuso el confinamiento, y que debería haber acudido al estado de excepción.

Y con el segundo, que funcionó desde el 9 de noviembre de 2020 al 9 de mayo de 2021, los magistrados arremetieron contra la prórroga de los seis meses al no haberse ejercido un control parlamentario sobre esta medida, así como contra la cogobernanza con las CCAA.

Los jueces, árbitros de la pandemia

En los periodos en que no estuvo vigente el estado de alarma, principalmente en verano de 2020, los jueces se erigieron de facto en árbitros de la pandemia cuando tenían que revisar las restricciones de ayuntamientos y gobierno autonómicos.

Conforme se acercaba el fin del segundo estado de alarma, el debate sobre una ley específica de pandemias que pusiera fin a las interpretaciones constantes que arrojaban los tribunales cobró fuerza, pero el Gobierno solventó aquella polémica con un decreto que permitía a los ejecutivos regionales recurrir ante el Supremo si su tribunal autonómico no autorizaba sus medidas.

Aquello no sentó bien en el Alto Tribunal, ya que no eran pocos los magistrados que lo veían como una consecuencia de la falta de previsión y de voluntad política del legislador para actualizar el marco legal. Así, el panorama normativo lo iba a diseñar, sentencia a sentencia, la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

¿Qué fue de las querellas contra el Gobierno?

Todos volvían así a mirar al Supremo aunque de distinta forma a como sucedió durante el confinamiento cuando se presentaron 30 denuncias y 20 querellas contra el Gobierno por la gestión de la pandemia, que rechazó por no estar debidamente justificada la autoría de los hechos denunciados y acordó remitirlas a los juzgados ordinarios para que investiguen posibles responsabilidades.

La mayoría cargaban contra el presidente, Pedro Sánchez, el exministro de Sanidad Salvador Illa y el director de Emergencias, Fernando Simón, a quien ya le han archivado unas cuantas.

Hasta el momento ningún juez ha elevado una exposición razonada pidiendo al Supremo que investigue a un aforado por la omisión de medidas de seguridad para sanitarios o policías, la contratación de material fallido o las muertes de ancianos en las residencias.

Fuente: Rafael Martínez (EFE).

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