sábado, abril 20, 2024
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Procesan al «conseguidor» de las subvenciones de los ERE y a otras 11 personas por una ayuda de 2,5 millones

Juan Lanzas, exdirigiente de UGT y el «conseguidor» de subvenciones en la trama de los ERE, ha sido procesado por el juez, quien trasladará la causa a la Fiscalía Anticorrupción

El juez ha dictado un acto de procesamiento contra Juan Lanzas, exdirigente de UGT considerado un «conseguidor» de subvenciones en el caso de los ERE, y otras 11 personas por una ayuda de 2,5 millones de euros concedida por la Junta de Andalucía a la empresa cordobesa Matadero de Fuente Obejuna S.A.L.

El juez de refuerzo del juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, Ignacio Vilaplana, considera que los hechos podrían ser constitutivos de los presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación y falsedad documental, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En el auto, el juez traslada la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

Además de Lanzas, el juez procesa a un abogado; a dos representantes de la empresa mediadora Vitalia Vida; a dos exresponsables de la Asociación para la Promoción Sociolaboral de los extrabajadores de la empresa y a seis personas que fueron incluidas de forma «fraudulenta» e «irregular» como beneficiarias de las pólizas de seguro de rentas suscritas.

El instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, y el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez.

Para argumentar su decisión, el magistrado señala que estos responsables políticos «ya habrían sido encausados por la perpetración de aquellos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas por parte de los responsables de la Junta».

El juez sigue de esta forma el criterio establecido por la Sección Séptima de la Audiencia en tres autos de 23 de abril de 2018 que ratifican y confirman la exclusión en esta pieza separada de los ex altos cargos citados.

«Las ayudas se concedieron sin solicitud -en legal forma- de las mismas por parte de la entidad o de los beneficiarios, sin resolución motivada de concesión y sin indicación de los requisitos que habrían de exigirse para la obtención y justificación del fin y destino de la subvención«, apunta el juez.

Además, las ayudas fueron obtenidas «bajo la irregular fórmula de ‘ayudas previas a la jubilación'» y se concedieron dos años después de que la empresa hubiera cerrado mediante la financiación de seguros de rentas cuyo tomador -«impropio o ficticio»- sería la asociación referida, añade el magistrado.

Con los 2,5 millones de euros -indica el auto- «se habrían subvencionado de manera ilícita o irregular los gastos de asesoramiento prestados a los ex trabajadores y asociados de dicha asociación por parte de los mediadores o «conseguidores» de cuyas influencias se habrían prevalido aquellos para la obtención irregular de tales ayudas».

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