jueves, abril 18, 2024
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Los rostros de la prisión permanente revisable

La prisión permanente en España entró en vigor en el año 2015 y desde entonces son varias las personas que cumplen esta condena

Prisión permanente revisable, la máxima pena que ha conocido la democracia, tipificada en la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo de 2015. Fue en marzo de 2015 cuando se produjo la votación en la que saldría adelante una de las medidas estrella del entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá. Resultado: 181 votos a favor y 138 en contra y dos abstenciones. Hizo falta año y medio de negociaciones y se incorporaron más de 400 de las 2.000 enmiendas presentadas a la norma. Pese a ello, la ley recibió el rechazo frontal de la oposición, con el PSOE a la cabeza. Bastó un mes para que los partidos de la oposición presentaran ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso frente a esta ley que tacharon de “inhumana” para arriba. Cinco años después ese recurso sigue sin fallo.

¿En qué casos se aplica la prisión permanente?

  • La prisión permanente revisable sólo puede imponerse en casos de asesinatos con circunstancias agravantes muy concretas. La lista de supuestos es cerrada:
  • Cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable.
  • Cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.
  • Ante los asesinatos múltiples.
  • Ante los asesinatos cometidos por miembros de una organización criminal.
  • Delitos contra la Corona (matar al Rey o cualquiera de sus familiares).
  • Delitos contra el derecho de gente (matar o violar la inmunidad de un jefe de Estado extranjero o cualquier persona protegida por un tratado).
  • Delitos de genocidio.
  • Delitos de lesa humanidad (una variante del genocidio).
  • Obstrucción de la recuperación de un cadáver.
  • Asesinato después de secuestro.
  • Violaciones en serie.
  • Violaciones a menores tras privarles de libertad o torturarles.
  • Muertes provocadas en incendios, estragos causados en infraestructuras críticas y liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.

Requisitos para suspender una prisión permanente revisable

Según el artículo 51 del Código Penal, para que se suspenda una pena de prisión permanente tiene que darse los siguientes requisitos:

  • Que el penado haya cumplido 25 años de su condena
  • Que tenga ya el tercer grado
  • Que haya un pronóstico favorable de reinserción. Para esto, el tribunal debe tomar en cuenta una serie de circunstancias que el artículo enumera: informes favorables, antecedentes del penado, la conducta durante la pena, etc.

David Oubel, el monstruo de Moraña

Fue la primera prisión permanente en aplicarse, el 6 de julio de 2015. David Oubel mató en Moraña (Pontevedra) a sus dos hijas, Candela (9 años) y Amalia (4 años), con una sierra radial eléctrica y un cuchillo de cocina. Antes del asesinato drogó a las niñas para reducir sus posibilidades de defensa. El asesino se había separado de su mujer y ambas niñas estaban bajo la custodia de la madre. Todo ocurrió cuando las menores se encontraban en casa del padre pasando las vacaciones.

Sergio Díaz, el carnicero de Icod

Fue la segunda prisión permanente que se aplicó, y la primera en revocarse. En enero de 2016, Sergio Díaz asesinó en Icod de los Vinos (Tenerife) al abuelo de la que entonces era su novia, un hombre que estaba en silla de ruedas por una discapacidad severa tras haber sufrido un ictus. Le dio 30 puñaladas y varios golpes con objetos del mobiliario de la casa.

Sergio Díaz solo tenía 24 años en el momento de su condena. “Jaque mate”, dijo su exnovia, nieta de la víctima, tras el juicio. “Eso es lo que le dije cuando me iba, y espero que lo lea ahora también, porque esto es lo que le tiene que quemar hasta que salga de la cárcel. Hasta aquí llegaste y ahora lo que hiciste lo tienes que pagar. Jaque mate, Sergio”. Finalmente, su pena fue sustituida por 24 años de prisión por el Tribunal Supremo, al haberse aplicado incorrectamente dos circunstancias agravantes. El fallo del Supremo abrió la puerta a que la prisión permanente se aplicara con mayor dificultad.

Daniel Montaño, el profesor de saxofón

En enero de 2016, Daniel Montaño asesinó en Vitoria a una niña de 17 meses, hija de una mujer que acababa de conocer, a la que también intentó matar. Montaño arrojó a la niña por la ventana de un primer piso y en el juicio argumentó que había sufrido un brote psicótico. No le sirvió. Según el jurado, actuó con plena consciencia cuando mató a la pequeña y trató de matar también a su madre. Fue condenado a prisión permanente y el Tribunal Supremo ratificó posteriormente la sentencia.

Marcos Mirás, el parricida de Oza-Cesuras

Marcos Mirás, de la localidad coruñesa de Oza-Cesuras, se convirtió en el cuarto condenado a prisión permanente revisable tras matar a su hijo de 11 años dándole golpes con una pala.  Lo hizo en mayo de 2017 para vengarse del divorcio de su mujer, que se produjo 11 años antes.

“Te voy a dar donde más te duele”, le dijo Marcos a su exmujer antes de asesinar a su hijo. La Policía, tras recibir la denuncia de su desaparición, fue a casa del parricida y éste se desmoronó delante de los agentes de seguridad. Entonces, los llevó hasta el lugar donde se encontraba el cadáver del niño.

Era el Día de la Madre, pero el menor se encontraba con él porque era el fin de semana que le correspondía por el régimen de visitas acordado tras su divorcio. Como en otros casos, Miras esgrimió tener problemas psicológicos, pero el jurado lo declaró culpable por unanimidad y recibió la prisión permanente.

Patrick Nogueira, el descuartizador de Pioz

Se trata de uno de los casos más mediáticos. En septiembre de 2016, Patrick Nogueira fue condenado por el cuádruple asesinato en la localidad de Pioz, en Guadalajara. Nogueira planificó y ejecutó los asesinatos de sus tíos y de sus dos primos pequeños, de cuatro y un año, en una jornada de terror en la casa de la familia. Los cuatro fueron posteriormente descuartizados. En el juicio se analizó el estado mental del descuartizador de Pioz. Se dictaminó que Patrick actuó en plenas facultades planeando el crimen desde días antes y controlando la situación en todo momento. Cumplió todo lo que había ideado.

Los detalles de los crímenes y los mensajes de móvil que Nogueira cruzó con un amigo mientras los cometía estremecieron a la opinión pública. Recibió tres condenas a prisión permanente, aunque después el Tribunal Supremo anuló dos de ellas.

Francisco Salvador, el primero de violencia de género

El caso de Francisco Salvador fue la primera prisión permanente aplicada en un caso de violencia de género. En enero de 2017, este vecino de Huércal (Almería) entró en casa de su pareja, la violó amenazándola con un cuchillo, le propinó más de 100 golpes y le mutiló la lengua. El hombre tenía antecedentes de violencia de género contra otras mujeres.

Enrique Romay, el asesino de Pilas

En marzo de 2017, Enrique Romay fue condenado a prisión permanente revisable haber acuchillado en Pilas (Sevilla) a una mujer que había opuesto resistencia cuando el condenado había intentado violarla. Según la sentencia, intentó forzarla sexualmente y, al no conseguirlo, optó por acabar con su vida. El tribunal destacó el «sufrimiento innecesario» que Romay ocasionó a su víctima.

Fue condenado además a pagar una indemnización de 254.880 euros al marido y los dos hijos de la fallecida, y le impone la pena de prohibición del derecho de residir en el lugar en el que viven o trabajen los familiares de la víctima.

José Rafael García, el parricida de Mora

En noviembre de 2017, Rafael García asesinó a su mujer en Mora (Toledo). La víctima padecía la enfermedad de Ménière, un trastorno del oído interno que causa mareos y pitidos y además, utilizaba una silla de ruedas. Ella y su asesino llevaban años casados y tenían una hija de cinco años. Rafael García se ensañó, propiciando a su víctima más de 20 cuchilladas, y cometió el crimen delante de la madre de la mujer y de un sobrino de 15 meses de edad.

En la sentencia se señalaron los agravantes de discapacidad y parentesco. Además, le inhabilitaron para ejercer la patria potestad de la hija que ambos tenían en común. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anuló la sentencia el 3 de diciembre de 2019 y ordenó la repetición del juicio al considerar que no estaban probados los hechos que se le imputaban.

Roberto Hernández, el violador de su hija

Roberto Hernández recibió la pena el en junio de 2019, al considerarle el jurado culpable de haber violado en agosto de 2017 en Valladolid a una niña de cuatro años y de haberla asesinado después propinándole golpes brutales. El hombre era pareja de la madre de la víctima y la niña había sufrido anteriores violaciones y maltratos de manera continuada en el tiempo. La mujer fue también condenada, a 28 años de prisión, por no haber protegido a su hija.

Ana Julia Quezada, la asesina de Gabriel Cruz

La primera mujer condenada a la prisión permanente revisable: Ana Julia Quezada. Tuvo lugar en febrero de 2018, en la finca de Rodalquilar (Níjar, Almería). La mujer fue acusada de un delito de asesinato con alevosía con la circunstancia agravante de parentesco, por el asesinato del hijo de su pareja, Gabriel Cruz.

Mounir Ayad, el parricida de Alcobendas

Mounir Ayad asesinó en 2017 a su pareja Rakel y al hijo de esta, Markel, de 12 años, en Alcobendas (Madrid). La sentencia de su caso detalla un especial ensañamiento con sus dos víctimas: la mujer recibió 30 puñaladas y el niño, 16. El propio acusado reconoció los hechos al poco tiempo del crimen.

Fue condenado en noviembre de 2019 por ambas muertes. Estaba en situación irregular en España y tenía antecedentes penales.

José Enrique Abuín, el Chicle

Otro de los casos más mediáticos que incumben a la prisión permanente revisable. El Chicle violó y asesino a la joven Diana Quer, de 18 años desaparecida en Puebla del Caramiñal (La Coruña) en la madrugada del 21 al 22 de agosto de 2016. Diana estuvo en paradero desconocido 497 días, hasta que su cuerpo fue encontrado en diciembre de 2017. La investigación demostró que El Chicle la violó durante cerca de una hora antes de matarla y tirar su cuerpo a un pozo. Fue condenado el 17 de diciembre de 2019.

Pablo Catalán

La de Pablo Catalán fue la primera condena a prisión permanente de 2019. Catalán violó y estranguló en diciembre de 2015 a una mujer inconsciente en su casa de Castellar del Vallès (Barcelona). El asesino y su víctima habían estado celebrando el cumpleaños de ella junto a unos amigos, y después aprovechó la situación de ebriedad de ella para violarla varias veces y asesinarla. Fue la primera prisión permanente aplicada por el supuesto de asesinato tras agresión sexual.

Gonzalo, el ensañado de Tenerife

Mató a golpes a su tía discapacitada en febrero de 2019. La mujer asesinada en Ofra (Santa Cruz de Tenerife), sufrió una muerte violenta y, además, «lenta y agónica». La víctima recibió numerosos golpes en el cráneo, los ojos o el abdomen. El acusado siempre negó el crimen, pero los familiares de la víctima relataron al tribunal los malos tratos que sufría de su sobrino.

Ada de la Torre

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a su hija de nueve años en el barrio bilbaíno de Atxuri tras drogarla con medicamentos y asfixiarla, según la sentencia. La autopsia a la que fue sometida la niña reveló que falleció víctima de los efectos de los fármacos, pero que había signos de asfixia.

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