miércoles, abril 24, 2024
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La Fiscalía tendrá que rebajar su acusación en ‘Kitchen’ y en otras tramas corruptas por la reforma de la malversación

Fuentes de Anticorrupción prevén una dinámica similar a la generada por la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’

«Al menos, que no se diga que en esta ocasión no estaban avisados». Esta fue la advertencia que la Asociación de Fiscales lanzó hace dos días en un comunicado acerca de las consecuencias de la reforma del delito de malversación por parte del Gobierno de Pedro Sánchez. El Ejecutivo pactó con ERC un texto dirigido sin duda a favorecer a los miembros de la formación republicana que están a la espera de ser juzgados por su papel en la organización del referéndum ilegal del 1 de Octubre, pero la reforma supondrá rebajas en las penas de otras tramas de corrupción.

A la espera de lo que pueda suceder con los ERE de Andalucía, la Gürtel, la Púnica y otros casos, el primer juicio que tiene visos de cambiar por los cambios en la malversación será el de la llamada Operación Kitchen. Según fuentes consultadas, la Fiscalía Anticorrupción se verá obligada a adaptar su acusación contra los investigados por el presunto espionaje al extesorero del PP Luis Bárcenas desde el Ministerio del Interior que encabezaba Jorge Fernández Díaz.

Esas acusaciones, ejercidas por PSOE y Unidas Podemos, eran de 47 y 41 años de cárcel para el exministro del PP (el escrito de la Fiscalía aún no se ha hecho público). Con la nueva reforma, sin embargo, la malversación se castiga solo con un máximo de 4 años de prisión para los casos en los que no se haya producido lucro personal por parte del acusado o condenado. Los otros delitos de los que socialistas y morados acusan a Fernández Díaz son la pertenencia a organización criminal, el encubrimiento, la obstrucción a la Justicia, el cohecho, el allanamiento de morada, la revelación de secretos, la prevaricación, el fraude a las Administraciones Públicas y la certificación falsa.

Otras fuentes de la misma Fiscalía advierten de que esa no será la única causa donde haya que revisar la acusación formulada, si finalmente el texto aprobado por las Cortes Generales es el ya conocido. Además, las fuentes fiscales auguran que el goteo de revisiones no se restringirá únicamente a los escritos de acusación, sino que se espera igualmente una sucesión de revisiones de condenas firmes, apuntando como ejemplo a la dinámica generada por la entrada en vigor de la conocida como ley del ‘solo sí es sí’.

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