sábado, abril 20, 2024
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¿Han suspendido de funciones al Tribunal Supremo?

La Constitución Española nos reconoce a los españoles el derecho y nos da los instrumentos para ejercer plenamente el control sobre el poder político. Los tiempos y los ámbitos pare ejercer nuestro derecho son distintos pero no excluyentes: la exigencia política se lleva a cabo en las urnas; la penal, si la hubiere, ante los tribunales de Justicia. Optar por utilizar ambas vías es un sano ejercicio de confianza en las Instituciones. 

Ejerciendo lo que considero no solo mi derecho sino también mi deber como ciudadana presenté el 8 de junio una denuncia contra ante la Fiscalía contra los miembros del Gobierno y contra Fernando Simón por la comisión de un presunto delito de Prevaricación en su modalidad Omisiva, al no haberse ordenado el uso de mascarillas desde el inicio del estado de alarma. 

Tomé la decisión de denunciar al Gobierno y a su “jacarandoso” portavoz porque creo que cada uno de los ciudadanos tenemos el deber de actuar en la medida de nuestras posibilidades para que las instituciones funcionen. Y lo presenté ante la Fiscalía porque es la institución que tiene constitucionalmente atribuida la obligación de defender el interés general y, como tal, defender los derechos de todos y cada uno de los ciudadanos.

Ante la falta de respuesta el 30 de junio presenté la misma denuncia ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El 20 de julio Luis Navajas, el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, me comunicó que “ con posterioridad a la incoación de esta investigación” (la derivada  de mi denuncia) “y sin que la misma se hubiera iniciado, se ha tenido conocimiento de la apertura por la Sala Segunda del Tribunal Supremo de algunas causas especiales contra los mismos denunciados (el Gobierno de la Nación en pleno), por el mismo delito: el recogido en el artículo 404 del C.P y con un relato fáctico similar al que dio pie para la apertura de estas Diligencias”. Y continúa: “es por ello por lo que decide la paralización inmediata de cualquier iniciativa de investigación que pudiera adoptarse así como la incorporación de las presentes diligencias de investigación a la causa especial 3/20318/2020 que se sigue ante el Tribunal Supremo…”.

O sea, que me dice Navajas que aunque no se había iniciado ninguna investigación se ordena la paralización inmediata de cualquier iniciativa de investigación… Y que mi denuncia se remite al Supremo veinte días más tarde de que yo misma lo hubiera hecho ante el silencio cómplice y ominoso de la Fiscalía.

Esta es la primera página de la denuncia que presenté, una más de las que esperan en algún cajón de la Sala Segunda del Tribunal Supremo:

Que por medio del presente escrito pongo en conocimiento de esta Fiscalía General del Estado, al amparo de lo dispuesto en el Art. 264 LECrim, los siguientes hechos por si los mismos pudieran constituir la comisión de un presunto delito de prevaricación en su modalidad OMISIVA, tipificado en el Art. 404 del Código Penal, al no haberse ordenado desde el inicio del estado de alarma el uso obligatorio de mascarillas, ni haberse limitado todavía más la libertad de movimientos en caso de no poder abastecerse de las mismas, todo ello por los motivos que se expondrán, y al objeto de que proceda a la apertura de diligencias informativas.

Se estima en principio como responsables del mencionado delito a las siguientes personas:

  • D. Fernando Simón Soria en su calidad de director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, y portavoz en la actualidad del Ministerio de Sanidad contra la pandemia del Covid-19, al ser quien asesora al Gobierno en la toma de decisiones desde el punto de vista facultativo y/o sanitario, y por ser quien transmite en sus comparecencias a los ciudadanos las decisiones adoptadas por el Gobierno de España. 
  • D. Salvador Illa Roca en su condición de Ministro de Sanidad del Gobierno de España por haber omitido la resolución necesaria para proteger la salud de los ciudadanos, y en concreto la orden de uso obligatorio de mascarillas desde el mismo momento en que se declaró el estado de alarma aun cuando el Gobierno de España no pudiera garantizar el suministro de las mismas.  
  • También se dirige contra todos y cada uno de los miembros del Gobierno de España incluido su Presidente D. Pedro Sánchez Castejón, por cuanto omitieron dictar en su momento y desde un inicio la norma correspondiente incorporando y ordenando el uso obligatorio de mascarillas; cuando dicha obligación debió incorporarse al decretarse el estado de alarma, o en su caso conociendo el Gobierno la importancia de las mismas para evitar el contagio, por haber omitido dictar la norma limitando más y por más tiempo la movilidad de los ciudadanos hasta que el Gobierno pudiera garantizar su abastecimiento. 
  • Finalmente se dirige también contra los ignorados integrantes del llamado Comité Técnico de Expertos que estaría asesorando al Gobierno de España. En efecto, el Presidente del Gobierno ha manifestado en reiteradas ocasiones a la opinión pública que las decisiones que tomaba eran exclusivamente en función de lo que le transmitía dicho Comité con criterios estrictamente médicos. 

La pandemia ha sido una catástrofe para los españoles, pero para este gobierno de facinerosos ha sido una bendición, una coartada que les ha permitido perpetrar toda suerte de fechorías, entre otras suplantar al poder legislativo y boicotear  la acción de la Justicia. Nada se puede esperar de la fiscalía, transmutada en despacho de abogados de la defensa de los facinerosos del Gobierno. Pero, ¿qué pasa en el Supremo? ¿Hasta cuando van a dormir el sueño de los justos las decenas de denuncias que obran en su poder? ¿O también han suspendido de funciones al Tribunal Supremo?.

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