viernes, marzo 29, 2024
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Estrasburgo convierte en definitivo el fallo contra España que puede llevar a excarcelar etarras

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no reexaminará la sentencia que condenó a nuestro país por no permitir elegir abogado al miembro de ETA Atristain

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no reexaminará la sentencia que condenó a España por no permitir elegir abogado al miembro de ETA Javier Atristain Gorosabel mientras estaba detenido en régimen de incomunicación, según decidió este lunes un panel de cinco jueces.

La Sala Tercera de la Corte europea sentenció el pasado 18 de enero que España no había permitido en 2010 al demandante, que luego fue condenado por pertenencia a ETA, elegir a un abogado para su defensa.

El Tribunal de Estrasburgo condenó entonces a España a indemnizar a Atristain Gorosabel con 12.000 euros por daños morales y 8.000 en concepto de gastos y honorarios.

Así, España vulneró el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos respecto a los derechos a un juicio justo y a una asistencia legal elegida por el detenido.

El fallo del TEDH concluyó que la prohibición de elegir abogado «fue tal que socavó la equidad del proceso penal posterior en la medida en que la declaración inicial incriminatoria del demandante fue admitida como prueba».

Y añadió que «no hubo una evaluación judicial concreta en cuanto a la existencia de motivos pertinentes y suficientes para restringir el derecho del demandante a tener acceso a un abogado de su elección».

La Abogacía del Estado prácticamente agotó los tres meses de plazo que tienen las partes para recurrir una sentencia y solicitar que sea revisada por la Gran Sala de 17 magistrados del TEDH, al presentar el recurso el 13 de abril.

El panel de cinco jueces rechazó en su reunión que fueran reexaminadas seis sentencias recurridas por los gobiernos de Croacia (2), Noruega, Turquía, Ucrania y España.

De este modo, la sentencia de la Corte europea sobre la demanda de Aristain Gorosabel contra España se convierte en definitiva.

El demandante había sido detenido el 29 de septiembre de 2010 y la sala número 2 de la Audiencia Nacional ordenó su detención incomunicada para no frustrar la investigación para la localización de explosivos.

Un abogado de oficio le informó de sus derechos y estuvo presente en las dos declaraciones que hizo, en las que confesó que había «cooperado» con ETA, incluyendo un «intento de secuestro», e indicó dónde se encontraban los explosivos y las armas objeto de la investigación.

Fuente: EFE

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