viernes, abril 19, 2024
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El TSJC ordena que en Cataluña se entregue la selectividad en castellano, catalán y aranés y que no se distinga entre la opción elegida

El TSJC ha considerado que la Generalidad no cumplió correctamente en junio con la obligación de repartir los exámenes en las tres lenguas cooficiales de Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado que se entreguen las pruebas de selectividad en castellano, catalán y aranés en la convocatoria extraordinaria de septiembre sin que se identifique a los alumnos ni se anote cuál es la opción elegida.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe este lunes, la sección quinta de la sala contenciosa-administrativa del TSJC así lo ha remarcado al considerar que la Generalitat no cumplió correctamente en junio con las medidas cautelares dictadas a raíz de una demanda presentada por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB) que la obligaba a repartir los exámenes en las tres lenguas cooficiales de Cataluña «sin preferencia por ninguna de ellas».

Lo concluye después de haber analizado el informe que requirió a la Generalitat para conocer el grado de cumplimiento de la resolución que dictó ordenando que no se diferenciara a los alumnos en función del idioma que escogieran para realizar las pruebas.

Tras estudiar el informe, el alto tribunal catalán ha requerido a la presidenta del Consejo Interuniversitario de Cataluña, la consellera de Investigación y Universidades, Gemma Geis, y al secretario del organismo, Josep Ribas, para que impartan instrucciones concretas a los presidentes de los tribunales de las pruebas de la convocatoria de septiembre con el fin de que no se identifique a los alumnos «cualquiera que haya sido su opción lingüística», ni tampoco se anote la elegida.

También ordena que se ofrezca a los profesores vigilantes, vocales o presidentes los enunciados en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, «sin preferencia por ninguna de ellas», ya que -subraya la sala- «ésta corresponde a los alumnos para el mejor desenvolvimiento de sus ejercicios».

El TSJC prohíbe de esta forma a los tribunales de la selectividad que anoten «nombre y apellidos» de los estudiantes en función del idioma que escojan o que les «exijan cualquier acto de manifestación en el aula» al respecto y los insta a entregar los enunciados «sin que el resto de alumnos tengan que conocer cómo ejerce su derecho el examinado, es decir, el ejercicio de su libertad de opción».

Fuente: EFE

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