jueves, abril 18, 2024
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El TSJC decide mantener cerradas las discotecas en Cataluña

Debido al empate a tres en la sección tercera, se incorporaron otros tres magistrados a la deliberación de la sala

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado, en una votación sin unanimidad, el recurso de la patronal del ocio nocturno Fecasarm y ha acordado avalar el decreto del Gobierno catalán del pasado 21 de mayo que mantiene las discotecas cerradas en esta comunidad.

Así lo ha acordado la sala contenciosa administrativa del alto tribunal catalán en una decisión que ha tenido que adoptar la sala de discordia porque los seis magistrados de la sección tercera empataron a tres el pasado martes, 8 de junio, el día en que tenían que resolver sobre el fondo del asunto.

Según ha informado el TSJC en un comunicado, debido al empate a tres en la sección tercera, se incorporaron otros tres magistrados a la deliberación de la sala, siguiendo el turno de reparto, que finalmente han decantado la mayoría a favor de desestimar el recurso de la patronal de ocio nocturno Fecasarm y mantener por lo tanto las discotecas cerradas en Cataluña.

Para la sala, la existencia de riesgos para la salud pública derivados de situaciones de contacto social «es indudable», por lo que dejar en suspenso parte de las medidas acordadas por la Generalitat podría tener una «afectación» de una «entidad muy relevante» para la población en general y el interés público que se trata de proteger.

«Nos hallamos en la preservación de derechos fundamentales como la vida, la integridad física y el derecho a la protección de la salud, representativos de un interés público común que, en plena pandemia, adquiere un carácter esencial, y cuya preservación, en consecuencia, ha de ser el criterio principal a tener en cuenta, sin que frente a él se vislumbren intereses diferentes merecedores de mejor protección», concluye el tribunal.

De esta manera, el alto tribunal confirma su decisión del pasado 1 de junio, cuando rechazó la medida cautelar urgente solicitada por Fecasarm de reabrir de inmediato las discotecas, porque alegó entonces que no existía una «urgencia especial».

El TSJC dejó entonces la puerta abierta a resolver este asunto el 8 de junio -en la votación en que se produjo el empate a tres- una vez hubiese oído los argumentos de la Generalitat para mantener el cierre de las discotecas.

Fecasarm solicitaba en su recurso, presentado el pasado 26 de mayo, que se suspendiera la orden del Gobierno catalán que impide abrir al público discotecas, salas de baile y de fiestas, bares musicales y karaokes, para evitar el contagio del coronavirus.

Por su parte, el alto tribunal catalán también ha desestimado el recurso de varias empresas vinculadas a gimnasios para suspender la limitación de su aforo al 50%, para que como mínimo llegue al 70%, así como de empresas del sector del juego y las máquinas recreativas contra las condiciones de apertura impuestas por la Generalitat. 

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