jueves, marzo 28, 2024
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El Supremo no ve vulnerado el derecho al honor de Irene Montero por el poema «machista»

El Supremo entiende que el autor pretende «criticar de forma sarcástica la correlación que, a su juicio, existe entre quienes mantienen relaciones personales» con Pablo Iglesias y su trato y posición en Podemos

El Tribunal Supremo (TS) ha considerado, como hizo la Audiencia Provincial de Madrid, que un poema satírico de «carácter machista» sobre la carrera de Irene Montero y su relación con Pablo Iglesias, publicado en la revista de una asociación de jueces, no vulneró el derecho al honor de la actual ministra de Igualdad.

Según informa este miércoles el alto tribunal, la sala de lo civil ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Montero al considerar que el poema en cuestión está amparado por la libertad de expresión: «La crítica satírica a la situación a que se refiere el escrito litigioso debe ser soportada por el cargo público afectado», señala la sentencia.

El mes pasado el Supremo rechazó también que el periodista Federico Jiménez Losantos vulnerase el honor de Montero cuando se refirió a ella en 2017 con comentarios como «Pablenina», «matona» o «tiorra», al estimar que, aunque «vulgares» e «hirientes», están amparados por la libertad de expresión.

En el caso del poema, un juzgado condenó en primera instancia al autor del poema, a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y al comité de redacción de la revista de la asociación a pagar a Montero 70.000 euros por intromisión en su honor, intimidad personal y propia imagen, pero la Audiencia Provincial de Madrid anuló la indemnización.

El texto se publicó en 2017 bajo el seudónimo El Guardabosques de Valsain y con el título «De monjas a diputadas»: «Cuentan que en España un rey/ De apetitos inconstantes/ Cuyo capricho era ley/ Enviaba a sus amantes/ Hacer de un convento grey/ Hoy los tiempos han cambiado/ Y el amado timonel/ En cuanto las ha dejado/ No van a un convento cruel/ Sino a un escaño elevado / La diputada Montero/ Ex pareja del «Coleta»/ Ya no está en el candelero/ Por una inquieta bragueta/ Va con Tania al gallinero».

El Supremo, en línea con la Fiscalía, entiende que el autor pretende «criticar de forma sarcástica la correlación que, a su juicio, existe entre quienes mantienen relaciones personales» con Pablo Iglesias y su trato y posición en Podemos.

«El que la demandante sea pareja del secretario general del partido al que ambos pertenecen puede ser, lógicamente, objeto de crítica», apuntan los magistrados.

Reconocen que el autor obvia que Montero ha sido elegida democráticamente en unas elecciones, que sugiere que sus únicos méritos consisten en ser pareja del entonces secretario general de su partido y que «lo hace además de una manera desagradable y grosera».

«Sin embargo, no puede entenderse que la idea principal que se comunica a través de la sátira –aunque fuera incierta y desafortunada–, resulte totalmente ilógica o absurda y ajena a cualquier dato objetivo que le sirva de base», añaden.

La sala resta importancia a que la AJFV se disculpara y ve el escrito amparado en el derecho a la libertad de expresión en una sociedad democrática.

«Lo relevante del texto litigioso por lo que se refiere a la demandante es su relación personal con el secretario general del partido. La cuestión de las designaciones en los partidos políticos es de interés general, aunque le resulte molesto a la demandante, y el texto litigioso expresa una opinión, no está informando de hechos”, subraya la sala, que recuerda que el mismo autor ha publicado en la revista otros escritos de carácter satírico. 

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