miércoles, abril 24, 2024
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El juez del caso Neurona asegura a Podemos que la investigación no es ni ha sido política

Lo ha hecho a raíz del rechazo a un recurso para que no declare Celia Cánovas, exsenadora del partido

El juez que investiga la gestión de Podemos, principalmente su contrato con la consultora Neurona, rechaza un recurso de Podemos para que no declare la exsenadora del partido Celia Cánovas y aclara que está fuera de lugar apuntar que la investigación pueda tener naturaleza política porque ni es así ni lo ha sido.

Cánovas, personada en la causa como acusación y como perjudicada, declarará mañana jueves ante el titular del Juzgado de Instrucción número 42 a petición de Vox, que ejerce la acusación en el proceso, con el fin de aportar datos sobre las posibles irregularidades que denunció en el destino de las cantidades que donó al partido.

En un auto fechado el pasado 31 de mayo, al que ha tenido acceso Efe, el titular del Juzgado de Instrucción 42 de Madrid desestima el recurso de Podemos para que no declare como testigo la exsenadora de la formación, y en el que argumentaba que diligencias como ésta «convierten» la causa «en una auditoría prospectiva» al partido a instancias de Vox.

Podemos reprochaba al magistrado que Vox aproveche la «animadversión» de Cánovas hacia el partido para sembrar «sospechas» e «intentar abrir nuevas líneas de investigación» con el objetivo de «seguir engordando la causa y dilatar todo lo posible el proceso judicial».

Recientemente la Fiscalía se adhirió parcialmente a este recurso de Podemos en un escrito en el que pidió al juez que especifique sobre qué hechos prestaría testimonio.

Ahora el magistrado Juan José Escalonilla desestima el recurso afirmando que no hay que invalidar la declaración de Cánovas por su presunta animadversión hacia el partido, y sostiene que es «plenamente coherente que pueda tomársele declaración como testigo de proponerlo alguna de las partes», en este caso Vox.

«Está fuera de lugar alegar siquiera como hipótesis que la admisión de la práctica de dicha testifical pueda tener por objeto ‘hechos de naturaleza política’, que conoce la parte recurrente que ni pueden ser objeto de investigación en la presente causa, ni lo han sido en ningún momento», deja claro el juez.

Y detalla que la testifical de Cánovas se admite en su condición de exsenadora de Podemos «en tanto en cuanto precisamente y por desempeñar dicho cargo como candidata de dicho partido político cabe entender que puede tener conocimiento de los hechos objeto de investigación».

Aquí aclara que estos hechos «se encuentran perfecta y plenamente acotados, de modo y manera que ni la instrucción de la presente causa ha sido prospectiva, ni se admite dicha declaración testifical para interrogar a dicha testigo sobre cuestiones ajenas a las objeto de investigación en el procedimiento».

En cuanto al objetivo concreto de su declaración, el magistrado explica que la acuerda «en cuanto reconocida su condición de perjudicada por la presunta distracción del dinero del partido político Podemos que se haya podido cometer a través de la Caja de Solidaridad respecto de la Asociación 404 Comunicación Popular», y también «por el conocimiento que pudiera tener respecto de las funciones de la gerente«.

Reconoce el juez que, por el contrario, «no parece que en relación con el contrato suscrito por la coalición electoral Unidas Podemos con la mercantil Neurona Comunidad S.L., pueda aportar dato adicional alguno,  al no existir indicios de que dicha  testigo haya podido tener conocimiento ni la gestación ni del objeto de dicho contrato».

La última declaración en la causa, el pasado día 21, fue la del exgerente de Podemos Pablo Manuel Fernández Alarcón, quien acudió como testigo y explicó que durante el tiempo que ejerció este cargo aprobó algunos complementos salariales, porque no conoce «ninguna norma que lo impidiera», y cree que su sucesora, Rocío Val, que está imputada en la causa, pudo hacer lo mismo.

Y precisamente en otro auto fechado también el 31 de mayo, el juez del caso Neurona rechaza archivar la causa para Rocío Val, como solicitó su defensa, al considerar que «restan por practicar diligencias de investigación en relación con los hechos objeto de imputación a dicha recurrente».

Entre estas diligencias señala la declaración de Cánovas y la presentación por escrito por parte de la representación procesal de Podemos del Informe sobre ejecución de presupuesto de 2.019 presentado por el Consejo de Coordinación al Consejo Ciudadano Estatal.

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