viernes, marzo 29, 2024
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El Gobierno de Cuba prohíbe una marcha pacífica y mantiene que el socialismo en la isla es irrevocable

La manifestación pretendía la liberación de los presos políticos, el respeto por los derechos cubanos y el fin de la violencia

El Gobierno cubano ha desautorizado una marcha opositora pacífica convocada para el próximo 15 de noviembre en diferentes lugares del país.

La convocatoria estaba prevista inicialmente el 20 de noviembre, pero el Gobierno anunció unos ejercicios militares entre el 18 y el 20 de noviembre en todo el país que imposibilitaban la marcha. La plataforma organizadora Archipiélago propuso una nueva fecha y esta ha sido rechazada por el Gobierno con un rotundo no.

Los motivos para las movilizaciones eran reclamar «la liberación de todos los presos políticos, el fin de la violencia, que se respeten los derechos de los cubanos y la solución de las diferencias a través de vías democráticas y pacíficas». La respuesta que ha dado el Ejecutivo este martes ha sido que el Gobierno no reconoce «legitimidad en las razones que esgrimen para la marcha» y la consideran «una provocación» con «fines desestabilizadores».

El fundador de la plataforma, el dramaturgo Yunior García y el resto de activistas solicitaron la marcha amparándose en el artículo 56 de la Constitución que ampara el derecho de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos y pacíficos. Pero el Ejecutivo insistió en que «la marcha recibió el apoyo público de legisladores estadounidenses, operadores políticos y medios de comunicación que alientan acciones contra el pueblo cubano, intentan desestabilizar el país e instan a la intervención militar”.

El intendente del Consejo de la Administración de La Habana Vieja, Alexis Acosta, ha invocado a la propia Constitución para prohibir la manifestación «En su artículo 4, se define que el sistema socialista que refrenda esta Constitución es irrevocable«, por lo cual toda acción ejercida en su contra es ilícita”, dice, desautorizando el argumento de los convocantes de que el artículo 56 de la Carta Magna les respalda el derecho a la manifestación pacífica. “Si bien se invoca un derecho constitucional, este no puede ejercerse en contra de los demás derechos, garantías y postulados esenciales de la propia Constitución, lo que determina el carácter ilícito de la marcha”.

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