miércoles, abril 24, 2024
miércoles, abril 24, 2024

El Congreso dará mañana luz verde a la ley de eutanasia

Con esta propuesta de ley presentada por el PSOE las personas mayores de edad que sufran «una enfermedad incurable» podrán solicitar la prestación de la ayuda para morir

El pleno del Congreso de los Diputados dará mañana el visto bueno definitivo a la ley de eutanasia, que se convertirá en una nueva prestación del Sistema Nacional de Salud que podrán solicitar aquellas personas que padezcan una enfermedad grave e incurable con un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable.

Después de algo más de un año de tramitación parlamentaria, que se vio interrumpida por la pandemia, esta propuesta de regulación de la eutanasia presentada por el PSOE será aprobada en el pleno de este jueves y entrará en vigor dentro de tres meses.

Durante su tramitación en el Congreso y el Senado, la ley de eutanasia ha tenido que superar los vetos presentados por PP y Vox y ha contado con el apoyo mayoritario de ambas Cámaras.

Ha incorporado enmiendas parciales para mejorar la redacción del artículo que describe las condiciones físicas para solicitar la eutanasia, ante las advertencias de plataformas de personas con discapacidad que estiman que la ley les señalaba como candidatos a la eutanasia.

También se han retocado varios de los plazos marcados desde que se solicita la eutanasia, que deberá ser autorizada por una comisión de garantías en la que se ha incorporado la presencia de profesionales de enfermería.

Con esta ley, las personas mayores de edad que sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable» podrán solicitar la prestación de la ayuda para morir.

Cada caso será supervisado por una Comisión de Garantía y Evaluación creada en cada comunidad autónoma y el afectado podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras ser informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo de todo el proceso.

La ayuda para morir podrá realizarse tanto en centros sanitarios -públicos, privados o concertados- como en el domicilio del enfermo y la ley contempla la objeción de conciencia para los profesionales sanitarios que participen en el proceso.

Relacionados

spot_img

Colaboradores