martes, abril 16, 2024
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Continúan las restricciones para entrar en España a viajeros de Reino Unido, Brasil y Sudáfrica

Solo estará permitida la entrada en los puertos a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje o a viajeros residentes en España o Andorra

Las restricciones de entrada a España de los viajeros procedentes en avión o barco desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica han quedado prorrogadas hasta las 18:00 horas del 16 de marzo, según un acuerdo del Gobierno que ha entrado en vigor este viernes con su publicación en el BOE.

La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, anunció el martes tras la reunión del Consejo de Ministros la aprobación de la nueva prórroga, cuyo objetivo es prevenir contagios de las nuevas variantes del coronavirus de COVID, para contenerlos «en la medida de lo posible».

Los vuelos directos y la llegada de buques de pasaje desde esos tres estados a los aeropuertos y puertos españoles tendrá sus restricciones ampliadas temporalmente desde las 18:00 horas del día 2 de marzo hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo, ambas según hora central europea.

Los vuelos desde aeropuertos británicos a españoles, con o sin escalas intermedias, únicamente podrán realizarse cuando transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o bien residentes en España o Andorra.

Asimismo, solo estará permitida la entrada en los puertos españoles a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre puertos del Reino Unido y España que hayan embarcado pasajeros en puerto británico cuando se trate de buques que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra.

Esa misma restricción se da para los aviones y barcos procedentes de Brasil y Sudáfrica, con la excepción de los pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

El acuerdo establece, no obstante, algunas otras excepciones a dichas limitaciones, y habilita al Ministerio de Sanidad para poder levantar la limitación prevista, autorizando puntualmente vuelos de aeronaves o entrada de buques por razones justificadas.

Con la renovación de la prórroga se da continuidad a los acuerdos alcanzados el 22 de diciembre en el caso del Reino Unido y el 2 de febrero en lo que respecta a Brasil y Sudáfrica.

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