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La Audiencia de Barcelona avala que Shakira vaya a juicio por fraude fiscal de 14,5 millones de euros

La resolución constata que Shakira supuestamente dejó de tributar en España durante 2012, 2013 y 2014 pese a tener la «obligación de hacerlo» al tener su residencia fiscal aquí

La Audiencia de Barcelona avala que Shakira vaya a juicio por fraude fiscal de 14,5 millones de euros

La resolución constata que Shakira supuestamente dejó de tributar en España durante 2012, 2013 y 2014 pese a tener la «obligación de hacerlo» al tener su residencia fiscal aquí

La Audiencia de Barcelona ha avalado la decisión del juez instructor de enviar a la cantante Shakira a juicio, acusada de defraudar 14,5 millones de euros a Hacienda simulando no residir en España y ocultando ingresos mediante un entramado con sede en paraísos fiscales.

En un auto, el tribunal desestima el recurso de Shakira contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Esplugues de Llobregat (Barcelona) y confirma que hay suficientes indicios para juzgar a la artista colombiana, a raíz de la querella que la Fiscalía presentó contra ella por seis delitos contra la Hacienda pública.

Shakira ya ha pagado los 14,5 millones que la Agencia Tributaria le exigía -más otros tres millones en intereses- por un supuesto fraude fiscal cometido entre los años 2012 y 2014, lo que no impide que acabe en el banquillo.

En su resolución, la Audiencia considera que con los datos obrantes Shakira era residente «habitual» de España, por lo que «serían computables» también las ausencias esporádicas a efectos de determinar si permaneció durante los años que se le imputan esos 183 días mínimos o más de residencia en España, tal como establece la legislación tributaria vigente.

Así, para la sala, hay «elementos suficientes para estimar la concurrencia de indicios de que la recurrente (Shakira) había fijado su residencia habitual en España, y que permaneció 183 días físicamente en España al margen de las salidas que pudieran considerarse ocasionales, puntuales o esporádicas».

En este sentido sostiene, además, que la documentación aportada por la defensa de Shakira para acreditar su residencia fiscal en otro país «no es suficiente», concretamente la presentación en el recurso de un certificado sobre su presunta residencia a efectos fiscales en Bahamas.

La resolución constata que Shakira supuestamente dejó de tributar en España durante los ejercicios 2012, 2013 y 2014 pese a tener la «obligación de hacerlo» al tener su residencia fiscal en este país, y que durante esos años permaneció en concreto 243 días en el ejercicio 2012, 212 en el ejercicio de 2013 y 244 en el ejercicio de 2014, más días de los que fija la ley.

Según el auto, la cantante habría dejado de tributar durante esos años tanto el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) como el impuesto sobre el patrimonio (IP).

Para ello, sostiene la Audiencia, Shakira habría empleado una serie de sociedades mercantiles haciendo que fueran estas las que figurasen como titulares de las rentas, de manera que su patrimonio solo aparecería en último término y en sociedades radicadas en territorios considerados como paraíso fiscal.

Por todo ello, la sala concluye que «no pueden dar en esta fase procesal lugar al sobreseimiento interesado -con el recurso por la defensa de la cantante- una vez que no se ha apreciado la insuficiencia de los indicios de acreditación del hecho principal.”

En esta causa contra Shakira estaba también otra persona investigada, un asesor en materia tributaria, cuyo recurso sí han estimado los magistrados, que han acordado de esta manera su sobreseimiento provisional.

«La falta de determinación en que habría consistido la aportación» de este investigado, una vez concluidas las diligencias, lleva a considerar que las «sospechas razonables» no «han alcanzado la categoría de indicios potencialmente incriminatorios» que lleven a continuar el proceso contra esta persona. 

Fuente: EFE

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